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La Dirección Regional de Agricultura de Piura, hizo un llamado a los responsables de las plantas empacadoras de productos agroindustriales A fin de que obtenganla autorización sanitaria del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa).
La mencionada autorización garantiza la inocuidad del producto, con el propósito de proteger la vida y la salud de los consumidores y se encuentra normado en la segunda disposición complementaria transitoria del Decreto Supremo No. 004-2011-AG “Reglamento de inocuidad agroalimentaria”, publicado en abril de 2011. Aquí se señala que los procesadores y productores agropecuarios primarios tienen 18 meses desde la entrada en vigencia del reglamento para obtener la autorización sanitaria, de lo contrario se sujetarán a las sanciones establecidas a partir de octubre de este año y que van desde la inmovilización del producto hasta la sanción pecuniaria. Los procesadores primarios de alimentos agropecuarios (frutas, hortalizas, carnes, etc.) y piensos (alimento para el ganado) cuyo destino sea el consumo nacional, la exportación e importación, deben contar con autorización sanitaria, por lo que deben acercarse a la Dirección Ejecutiva del Senasa Piura (ubicada en el Proyecto Especial Chira Piura) para obtener este documento. |

